Las Ramas del derecho y sus subdivisiones
Te explicamos cuáles son las ramas del derecho según la división clásica, las características de cada rana y sus subdivisiones.
Cada una de las ramas del derecho se especializa en un aspecto de la justicia.
¿Cuáles son las ramas del derecho?
El derecho es el conjunto de principios y normas que regulan las sociedades humanas en torno a los conceptos de justicia y orden, y que los Estados son capaces de imponer de manera coactiva. Pero también se llama así a su estudio y análisis. Dicho de otro modo, el derecho es al mismo tiempo el orden jurídico de las sociedades y la disciplina que los estudia.
Comprende un conjunto de categorías o subdisciplinas, especializadas en los distintos criterios de aplicación de la ley, así como en la formulación de sus principios mismos. A dichas categorías se las conoce como las ramas del derecho.
La clasificación del derecho se da en base a tres criterios, que son:
Por su ámbito nacional o religioso. Es decir, a la tradición cultural, política e histórica que los engendró. Por ejemplo: derecho germánico, derecho anglosajón, derecho romano, etc.
Por la actividad específica que regula. Es decir, dependiendo de a qué realidad específica regulan las leyes estudiadas. Por ejemplo: derecho militar, derecho laboral, derecho bancario, etc.
Por su ámbito técnico. Es decir, por las partes del proceso jurídico que regulan. Por ejemplo: derecho civil, derecho penal, derecho administrativo, etc.
A grandes rasgos, sin embargo, la división clásica entre las ramas del derecho se da siguiendo los parámetros heredados de la jurisprudencia romana, una de las más importantes históricamente. Es decir que el derecho se divide en tres ramas: derecho público, derecho privado y derecho social, cada uno con sus ramas particulares.
Derecho público
El derecho penal se encarga de castigar a los culpables y proteger a las víctimas.
Se dedica a controlar el modo en que los ciudadanos establecen vínculos con el Estado, ya sea a título personal o en tanto organizaciones de carácter privado, o bien a la organización de los Poderes Públicos del Estado, siempre que actúen de manera legítima y dentro del marco de lo establecido en la Constitución (o su equivalente).
Esta división del derecho contempla las siguientes ramas:
Derecho político. Estudia y regula el ejercicio de la política, es decir, del mando y la subordinación, los elementos y clases de Estado, las formas de gobierno, la filosofía política y otros aspectos relacionados a ello.
Derecho constitucional. Se dedica al análisis de los derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna o en el texto jurídico base de la sociedad, sea cual sea, y vela por la regulación de los poderes públicos, sometiéndolos a lo legal.
Derecho administrativo. Dedicada al estudio de la administración pública, es decir, la regulación del Estado, sus servicios públicos y órganos auxiliares, los cuales deben operar en función de garantizar el orden, la justicia y la seguridad.
Derecho migratorio. Aquel que tiene que ver con el tránsito internacional de individuos, su nacionalización, los mecanismos de extranjería y el derecho de entrada, salida o permanencia de ciudadanos de otros países.
Derecho procesal. Dedicada a la resolución de conflictos de manera ordenada, legal y válida, entre particulares y el Estado, o entre ellos mismos, de acuerdo al ordenamiento del Estado y de lo contemplado en las leyes respecto al proceso judicial y las garantías debidas.
Derecho internacional público. Es el que se ocupa de las relaciones entre los Estados, dentro de la comunidad internacional y sus organismos bilaterales de cooperación, regulación y mediación en conflictos entre comunidades nacionales e internacionales.
Derecho fiscal o tributario. Aquel que estudia los mecanismos de recaudación y tributo del Estado.
Derecho penal. Vinculado con el ejercicio de la justicia en tanto castigo a los culpables y resarcimiento de las víctimas, de acuerdo al código jurídico que distingue entre lo que es legal y lo que no.
Derecho privado
Se encarga de la regulación de las relaciones jurídicas entre individuos constituidos, o sea, sujetos de derecho, en condición de iguales, y sin que medie en ello los intereses del Estado. Se divide a su vez en tres ramas distintas:
Derecho civil. Comprende el conjunto de normas que regulan la vida diaria del ser humano, como las relaciones familiares o la formación o disolución de vínculos conyugales, la patria potestad, la maternidad, la propiedad privada, el registro civil, y el derecho a usufructo y posesión de los distintos tipos de bienes, las obligaciones individuales y los tipos de contrato entre las personas.
Derecho mercantil. Se ocupa exclusivamente de los actos comerciales, financieros, mercantiles o de explotación económica que se dan en términos legales, justos y formales entre sujetos de ley, sean personas naturales o jurídicas.
Derecho internacional privado. Regula las operaciones internacionales de los individuos, y reglamenta las nacionalidades y los eventuales conflictos entre marcos jurídicos diferentes.
Derecho social
El derecho laboral regula las condiciones y contratos de trabajo.
Comprende y estudia las leyes y normas que velan por la convivencia armónica de los individuos dentro de una sociedad que es igualitaria ante la ley, pero dispar en cuanto a clases socioeconómicas. Para ello, abarca las siguientes ramas:
Derecho laboral. Se ocupa de regular las condiciones en que tiene lugar el trabajo, para garantizar que sean justas, equitativas y respetuosas de la ley, así como las posibilidades de representación sindical o gremial y otros aspectos que atañen al ejercicio profesional. Comprende tres subramas: derecho individual del trabajo, derecho colectivo del trabajo y derecho procesal del trabajo.
Derecho económico. Comprende las normas que regulan la participación del Estado en la actividad económica de una sociedad, para brindar certeza jurídica a los participantes de la cadena productiva en sus distintas etapas.
Derecho agrario. Regula la tenencia de tierras, la explotación agropecuaria y las diversas formas de propiedad no urbana.
Derecho ecológico. Lidia con el conjunto de normas de defensa del medio ambiente y del legado ecológico de la sociedad, para impedir el uso indiscriminado e irresponsable de los recursos naturales o bien la contaminación desmedida y el daño ecológico severo.
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Written by : Grupo30
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